La Fundación de Interés Privado en Panamá ofrece claras ventajas para la planificación de su patrimonio, siendo la mejor opción en privacidad, anonimato, y protección a los Fundadores y Beneficiarios de la Fundación. La Fundación Panameña es una solución a una necesidad global de accesibilidad, anonimato y flexibilidad que puede ser usada para mantener activos tales como sociedades, fideicomisos, cuentas bancarias, cuentas de inversión, bienes raíces, o cualquier otro tipo de activo.
En Panamá, la Fundación de Interés Privado tiene validez desde el momento en que se registra en el Registro Público. No se requiere aprobación de ninguna autoridad. La Ley 25 de 12 de junio de 1995 regula las Fundaciones de Interés Privado en Panamá.
Considera que…
Por Ley, los activos de la Fundación de Interés Privado no están sujetos a ser secuestrados por actos de su fundador, miembros de la junta directiva o beneficiarios
- Ideal para estructurar el Patrimonio Familiar
- Es una combinación de un fideicomiso extranjero y una empresa extranjera
- A diferencia de una Corporación, la Fundación de Interés Privado no tiene dueño, sino un fundador (el otorgante) y el beneficiario (el concesionario)